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Censo penitenciario permitiría la tecnificación del traslado de presos

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Por: Victor Gonzalez

Ultima actualización: 2022-05-13 06:15:11

‘Mover’ presos sin identificarlos pone en peligro la estabilidad de cárceles regionales.

En el país existen 37 cárceles activas que están dentro de zonas urbanas o que tienen poblaciones muy cercanas. “Inclusive en cárceles periféricas como la de Turi y Cotopaxi ya hay viviendas cerca”, advierte el sociólogo André Ortega, .

Con estos antecedentes, la ubicación y reubicación de personas privadas de la libertad (PPLs) debe realizarse de manera técnica. Algo que, según el exsubecretario de Justicia y experto en seguridad, Ricardo Camacho, no sucede.

Lavado de manos

La masacre que dejó 44 muertos en la cárcel de Santo Domingo tuvo como antecedente los traslados de dos reos de alta peligrosidad: Freddy Marcelo Anchundia Loor, alias ‘Anchundia’, líder de la banda R7, y Ariel Alexander Quezada Sanmartín, alias ‘Ariel’, líder de la banda los Lobos.

Ambos, por medio de recursos legales, consiguieron dejar la cárcel de la Roca, en Guayas, a la que fueron llevados tras la masacre en Turi.

Anchundia fue a la cárcel de Santo Domingo, a pesar de que ese recinto no es para presos de máxima seguridad. Pablo Ramírez, director del Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de la Libertad y a Adolescentes Infractores (SNAI), confirmó que esa fue la causa del motín ocurrido la madrugada del 9 de mayo de 2022.

Mientras el Ministro del Interior, Patricio Carrillo, señala que son los jueces los que permiten los traslados a los reos, la Corte Provincial de Azuay, mencionó que el Gobierno, a través del SNAI, es “el único responsable de la crisis carcelaria”.

Falta acompañamiento

Ortega y Camacho coinciden en que los traslados se hacen sin acompañamiento técnico Esto porque, si bien se sabe que dentro de las cárceles hay bandas, se desconoce las características sobre sus miembros. Esto hace que los traslados sean un problema mayor, antes que una solución.

Ortega dice que el anunciado censo penitenciario es una manera de determinar las características de los presos para dividirlos entre los de mínima, mediana y máxima seguridad.

“Los antecedentes son una forma de delimitar el pabellón. Pero, quién determina que alguien que entró a mediana seguridad ya no es alguien que requiere máxima o viceversa. ¿Cómo rehabilitar así mezclándolos a todos?”, señala Ortega.

Sobre cómo se llevan actualmente los traslados, LA HORA solicitó información al SNAI, pero desde ese organismo se contestó que procesa la respuesta. Hasta el cierre de esta edición eso no se concretó.

Camacho dice que la responsabilidad es compartida, pues deben ser las autoridades del SNAI las que alerten a los jueces sobre la tipificación de cada cárcel. “Advertir que un preso de alta peligrosidad no puede ir a una cárcel regional”.

Mientras que Ortega señala que las advertencias no pueden hacerse –salvo con líderes conocidos– porque el estatus de los presos es desconocido. “No hay una radiografía real”, dice.

Esta ruptura entre Gobierno y poder judicial es la que hace que los presos y sus defensas tomen ventaja. “Por eso es que las solicitudes de habeas corpus este 2022 aumentaron en un 25%. Ha habido más de 800 en el primer trimestre de 2022”, señala Ortega.

 Censo necesario

 Con el censo penitenciario las autoridades podrán tener información sociodemográfica, jurídica y de la situación familiar de los presos, así como sus vínculos con organizaciones delictivas.  Pues Camacho dice que, no necesariamente quienes trabajan para las bandas, son miembros plenos de las mismas.

Solo con esta información se puede iniciar una clasificación de cárceles, para así ubicar a los presos en función de esa tipología. Por ejemplo, separar a personas sentenciadas de procesadas. El SNAI ha anunciado el censo para este 2022, sin detallar una fecha. En la actividad participarán la Policía Nacional, el Registro Civil y el Instituto Ecuatoriano de Estadística y Censos (INEC).

Previsión

Cárceles más técnicas

  • La nueva clasificación posterior al censo sería:
  • Centros de Rehabilitación Social Tipo A o de máxima seguridad.
  • Centros de Rehabilitación Social Tipo B o media y mediana seguridad: con plazas para 5.001 presos en adelante.
  • Tipo C o mínima seguridad.
  • Centros de Adolescentes Infractores.
  • Unidades de desarrollo integral.

Fuente: La Hora 

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