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La constitucionalidad de derogatoria de la reforma tributaria está en duda

Por: Radio Centro 101.3 FM

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Ultima actualización: 2022-12-01 07:17:37

El futuro de la reforma tributaria del gobierno de Guillermo Lasso regresó a la cancha de Carondelet, después de que la Asamblea aprobó el proyecto de Ley empujado por Pachakutik y el correísmo para derogar la denominada Ley de Sostenibilidad Fiscal, tras la pandemia del covid-19.

Una vez que el texto fue aprobado con 100 votos a favor (más de los dos tercios del Pleno que se requieren para su ratificación), el presidente Lasso tiene 30 días de plazo para presentar sus observaciones al texto o disponer su promulgación en el Registro Oficial.

El ministro de Finanzas, Pablo Arosemena, tachó de “inconstitucional demagógica” a esta iniciativa. En el escenario de un veto total, el Parlamento solo podrá reconsiderar este proyecto en una sola votación al cabo de un año.

Inconstitucionalidad 

Aunque el proyecto superó los dos debates en el Pleno, la posibilidad de que pueda ejecutarse está en duda pues el artículo 135 de la Constitución dice que solo el Presidente de la República podrá formular proyectos de ley que creen o modifiquen impuestos.

“Una cosa es poder y otra es deber; no debieron porque irresponsablemente hoy tendrán que responder por las consecuencias de esa derogatoria”, señaló la oficialista Nathalie Arias, vocal del Consejo de Administración de la Legislatura (CAL).

La ponente del proyecto, la correísta Viviana Veloz, y el socialcristiano Esteban Torres recordaron que, en la anterior Legislatura, fue posible derogar el denominado “impuesto verde” por iniciativa de un asambleísta de Creo. Pero omitieron que eso se unificó con un proyecto enviado por el entonces presidente, Lenín Moreno.

El trámite de los proyectos de ley de urgencia en materia económica consta en el artículo 140 de la Constitución. En el último inciso señala que cuando un proyecto entre en vigencia por el Ministerio de la Ley, “la Asamblea podrá en cualquier tiempo modificarla o derogarla, con sujeción al trámite ordinario previsto”, sin especificar si esto aplica en el caso de tributos.

Precedente

En último caso, este proyecto de ley podría terminar en la Corte Constitucional, que el 28 de octubre pasado ya negó una decena de pedidos de derogar esta norma presentados por la oposición al Gobierno sectores sociales.

En el dictamen la Corte ratificó la vigencia de esta ley, pero declaró inconstitucionales los aspectos relacionados con las reformas a la Ley de Hidrocarburos; régimen especial impuesto a la renta para emprendedores y negocios populares (Rimpe); régimen impositivo voluntario, único y temporal para la regularización de activos en el exterior (Rivut); exención del pago del impuesto a la herenciaReformas a la Ley Orgánica de Régimen Especial de la provincia de Galápagos.

Disputas 

Después de que el correísmo se abstuvo por votar a favor del archivo de esta norma, lo que permitió que entre en vigencia como DecretoLey hace un año, esta bancada protagonizó una disputa con Pachakutik por la derogatoria.

La tensión entre el correísmo Pachakutik fue tal que durante la sesión del segundo y definitivo debate de la ley derogatoria Blasco Luna (Unes) debió ser contenido por una de sus colegas para no irse a los puños con Salvador Quishpe, coordinador del bloque indígena.

El incidente ocurrió cuando Sofía Sánchez, de Pachakutik, responsabilizó al correísmo de la vigencia de esta Ley desde hace un año. Intervino la Escolta Legislativa para evitar desmanes.

“Solicitamos que se niegue y se archive este proyecto que le mete la mano al bolsillo de los ecuatorianos y la bancada de la Revolución Ciudadana, conjuntamente con el Gobierno se abstuvieron para que se archive”, dijo Sánchez.

Esas bancadas se acusaron de acuerdos con el Ejecutivo, incluso a cambio de la prelibertad del exvicepresidente Jorge Glas, condenado por corrupción.

Votos

En el Pleno no hubo los votos para aprobar negar la ley tributaria el 28 de noviembre del 2021. El correísmo se abstuvo de apoyar a Pachakutik y otras bancadas para el archivo del proyecto que incrementó los impuestos a todas las personas que tienen ingresos superiores a los USD 2 000 mensuales.

Un día después, el 29 de noviembre, el presidente Guillermo Lasso ordenó la promulgación de esta norma como DecretoLey en el Registro Oficial, una vez que se cumplió el plazo de los 30 días que tenía el Parlamento para pronunciarse.

La Corte 

Constitucional no dio paso a las medidas cautelares solicitadas por organizaciones sociales partidos en contra de esta norma.

En su dictamen, el 29 de octubre del 2022, la Corte Constitucional dejó sin efecto la aplicación de algunos textos. Sin embargo, esta medida únicamente se aplicará desde enero 2023.

Fuente: El Comercio

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